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domingo, 19 de mayo de 2013


La Procuraduría General de Justicia (PGJ), por conducto de la Dirección de asuntos Metropolitanos de la Policía Ministerial del estado, dio cumplimiento a la orden de aprehensión girada por el Juez penal en contra de Cristóbal Hernández Reyes y/o Julio  Cristóbal Hernández Huerta, alias “El Julio”  y Esther Huerta Hernández, alias “La Rosa”  como probables responsables de los delitos de trata de personas en su modalidad de explotación sexual y lenocinio. 

Cristóbal Hernández Reyes y/o Julio  Cristóbal Hernández Huerta


Mediante una denuncia presentada en el mes de marzo del presente año ante la Dirección de Atención a Delitos contra la Mujer, una víctima de trata señaló que hace aproximadamente 2 años conoció a los ahora detenidos, con quienes tenía una deuda por un préstamo de dinero que éstos le habían realizado.

Asimismo, la agraviada refirió que al no contar con un  empleo para saldar la deuda,  los probables responsables le propusieron trabajar como mesera en un bar denominado El Encanto, ubicado en la población de San Miguel Ayala en el municipio de Atlixco, Puebla, oferta que ella aceptó. Sin embargo luego de un tiempo la pareja la obligó a tener relaciones sexuales con los clientes del lugar a cambio de distintas cantidades de dinero.

Por lo anterior, el Ministerio Público adscrito a la Agencia especializada en delitos sexuales abrió la averiguación previa 912/2013/AESEX, a través de la cual se pudo documentar que los hoy indiciados forzaron a la hija de la afectada para prestar servicios sexuales en el mismo lugar, bajo condiciones de explotación.

Una vez desarrollada la investigación, agentes de la Policía Ministerial del estado implementaron un operativo que dio como resultado la detención de los inculpados quienes de inmediato fueron puestos a disposición del representante social. 

Posteriormente los elementos policiales se trasladaron a las inmediaciones del bar antes referido, donde hallaron  a dos mujeres de 23 y 20 años de edad, así como a 5 menores de edad de los cuales ahora se sabe, tres son hijos de la agraviada y dos de Cristóbal Hernández Reyes. 

Esther Huerta Hernández


También se encontró en el lugar un vehículo marca Dodge modelo 1977 color café, con placas del Estado de México, el cual cuenta con reporte de robo en el Estado de México, dentro de la averiguación previa CHA/II/236/2009

Con base en los elementos de prueba recabados, la averiguación previa fue consignada al Juez Penal de Atlixco quien obsequió la orden de aprehensión correspondiente.

Cumplido el mandato de captura, Cristóbal Hernández Reyes y/o Julio  Cristóbal Hernández Huerta, alias “El Julio”  y Esther Huerta Hernández, alias “La Rosa” fueron puestos a disposición de la autoridad judicial bajo el proceso penal 84/2013.

jueves, 12 de abril de 2012

Postura PGJ menor víctima

                                                                                      Puebla, Puebla  a 11 de abril de 2012

La Procuraduría General de Justicia del estado de Puebla lamenta que se enarbole la defensa de los Derechos Humanos y  a través de actos de exhibición pública, se pretenda ejercer presión para la devolución de una menor que se encuentra bajo resguardo de las autoridades, en cumplimiento de la obligación de tutelar y salvaguardar su integridad física y mental.

Respecto a la demanda de la madre de la menor para la entrega de su hija y el lamentable acto de exhibicionismo colgada de una cruz con los labios cosidos frente al Senado, la Procuraduría informa la imposibilidad jurídica de acceder al reclamo de María Antonieta López Cruz, con base en los elementos que  forman parte de la averiguación previa 495/2012/AESEX iniciada en la Dirección de Atención a delitos contra la mujer el día 21 de febrero de 2012 una vez que el Ministerio Público recibió reporte del Hospital Universitario de Puebla en el que se hacía del conocimiento de la autoridad, el ingreso de una menor de edad con fractura del brazo izquierdo y diversos hematomas en la cara y otras partes del cuerpo.

Consta textualmente en la averiguación previa la existencia de “una lesión física al parecer ocasionada por sus familiares, con posible síndrome del niño maltratado”, considerando además que el reporte del médico forense refiere las siguientes lesiones: “1.Equimosis violácea en párpado superior derecho de 2.5 centímetros por un centímetro, 2. Equimosis violácea en párpado inferior derecho de 1.5 centímetros por dos centímetros, 3. Equimosis verde amarillenta en región parotidomasetera derecha de seis centímetros por dos centímetros, 4. Equimosis roja en región auricular derecha de cuatro centímetros por un centímetro, 5. Equimosis violácea en región escapular izquierda de 2.5 centímetros por un centímetro, 6. Presenta férula en miembro toráxico izquierdo por fractura de tercio medio de húmero izquierdo”. Se hizo constar además que la menor presentaba diversas lesiones, algunas ocasionadas en menos de veinticuatro horas y otras con antecedente de entre tres y once días.

La víctima de 6 años de edad y de nombre Concepción Antonia, refirió ante el Ministerio Público lo siguiente: “Me pegó Leo mi hermano jugando luchitas”, por lo que se le pregunta a la menor si alguien más le pega respondiendo “Si, Toño”, “Papá”. Al preguntarle en dónde le pega Toño, “la menor señala su ojo derecho, su mejilla derecha y su espalda, y refiere “ya no digo nada”. 

Con relación a las últimas lesiones causadas a la víctima, el padre de la menor, Antonio Fernández Sánchez,  declaró ante el Ministerio Público que el autor de las mismas fue su hijo de 9 años, hermano de la lesionada, a quien desde los tres años de edad le enseñó box y luchas greco romanas. “De igual forma a mi hijo le he enseñado a usar un arma de fuego y hemos ido a tirar en el campo de tiro del estado de México”. Fernández Sánchez refirió también que su hijo ha lesionado a su abuelo y a su madre “le mordió la pierna a mi papá de nombre Antonio Fernández Sánchez y lo llevamos al hospital ya que le arrancó un pedazo de piel y esto ocasionó que se desangrara. Le pegó a mi esposa tanto que tuvo que ser atendida en el hospital por veinte días”.

Si bien la versión  del padre de la víctima fue  corroborada por cuanto al aleccionamiento del boxeo y utilización de armas de fuego, lo cierto es que ante el Ministerio Público, la hermana de la víctima del delito manifestó que quien golpeó a su hermanita fue su padre al haberle jalado el brazo hacia atrás por lo que la lastimó llevándola al hospital y diciéndole que no dijera eso porque sino lo metían a la cárcel y ellos, refiriéndose a la víctima y sus hermanos, se irían al DIF.  Dicha menor señala que su padre también golpea a su madre y a sus hermanos con un cinturón. La versión de este testigo de los hechos se ve corroborada con diversos dictámenes médicos, psicológicos y periciales y con la declaración de otros testigos.

Ante la gravedad de los acontecimientos y el peligro inminente en que puede estar la víctima de maltrato, por resolución ministerial, la menor Concepción Antonia, fue canalizada al DIF en tanto concluyen las investigaciones. Si bien es cierto los padres de la víctima han solicitado su reintegración, los respectivos especialistas han determinado su improcedencia ante el evidente riesgo en que se colocaría a dicha menor de edad, con violación a sus derechos fundamentales y los previstos en la Convención sobre los Derechos del Niño.

Con esta fecha la Procuraduría General de Justicia del estado ha solicitado la intervención de la Comisión Estatal de Derechos Humanos a fin de que dicho organismo tutele los derechos fundamentales de la menor y en su caso, conforme a sus atribuciones, determine lo que a derecho corresponda.

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