No se trata de un amparo liso y llano, la resolución
del recurso de revisión promovido por Javier García Ramírez en contra de la
orden de aprehensión librada en su contra por el Juez Sexto Penal de Puebla,
por el delito de enriquecimiento ilícito.
El Primer Tribunal
Colegiado del Sexto Circuito, resolvió
modificar sobre aspectos formales la orden de aprehensión dictada por el Juez
Sexto de lo Penal, esto es, no se trata de una amparo liso y llano que
deje sin efectos la orden de aprehensión por la falta de comprobación del
cuerpo del delito o la probable responsabilidad del inculpado.
Por tratarse de cuestiones formales, al subsanarse con
la debida fundamentación y motivación, la Juez tendrá plenitud de jurisdicción
para librar nuevamente la orden de aprehensión.
La Procuraduría General de Justicia del Estado estará
atenta a conocer el contenido del fallo del Tribunal Colegiado. A fin de que la
autoridad judicial subsane los aspectos formales que se indiquen en la misma, y
se emita nuevamente la orden de aprehensión, debidamente fundada y motivada.
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