“La víctima frecuente de un secuestrador o de un extorsionador es la persona que no denuncia, todas las denuncias requieren confianza en la autoridad, si se tiene confianza en ésta y se denuncia, se podrá actuar de forma oportuna, y en el caso de algún secuestro, el resultado será la liberación de la víctima y la detención de los probable responsables”, señaló Fernando Rosales Solís, titular de la Dirección de Atención a Delitos de Alto Impacto (DGADAI), de la Procuraduría General de Justicia de Puebla, durante su ponencia sobre “Prevención al delito de secuestro y extorsión”, realizada en el marco del Primer Congreso Internacional sobre Prevención del Delito.
Durante su ponencia, Rosales Solís manifestó que el estado de Puebla a través de la Dirección de Atención a Delitos de Alto Impacto, creó dos vertientes para combatir el flagelo del secuestro, la primera es la prevención al delito y la segunda es el ataque frontal, ambas tienen la misma importancia. “El Procurador General de Justicia, Víctor Antonio Carrancá Bourget, ha sido sumamente claro en exigir a los funcionarios de la dependencia que además del combate al delito, la prevención es parte importante para que éstos no se cometan” destacó.
Asimismo manifestó que para unificar la labor operativa en todos los estados, se creó una herramienta más a nivel nacional que previene y sanciona el delito secuestro denominada “Ley General para Prevenir y Sancionar el Secuestro”, esta ley general se publicó el 30 de noviembre de 2010 y dice: En materia de secuestro todos los estados están obligados a usar esta ley porque va a unificar sanciones y procedimientos, lo cual nos permite combatir de manera frontal este delito.
Además explicó que son tres los factores importantes para combatir dicho ilícito:
1. La comunicación: Ésta se basa en dar a conocer a través de medios de comunicación, comunicados de prensa, trípticos y volantes, medidas preventivas e información de las acciones que se están realizando en esta materia.
2. La denuncia: Todas las denuncias son anónimas y se les da atención inmediata, además éstas requieren confianza en la autoridad, si no se tiene confianza en la autoridad es poco probable que ésta pueda ayudarnos.
3. El ataque frontal: La PGJ a través de la DGADAI, busca de forma metodológica y con la experiencia que tiene, liberar a la víctima y detener a los probables responsables.
Finalmente señaló que el combate al delito de secuestro implica desde dar a conocer medidas preventivas, hasta iniciar una investigación, liberar a una víctima, detener a los probables responsables y obtener una sentencia condenatoria para estos, “esta es la forma en que el delito de secuestro se combate, ya sea a través de la prevención del delito o del combate frontal” subrayó.
En lo que va del año, en Puebla, se han desarticulado 12 organizaciones criminales dedicadas al secuestro y se han detenido a 64 probables responsables de dicho ilícito, con ello, se garantiza la seguridad y tranquilidad de las familias poblanas.
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